En nuestro país por causa del conflicto, muchas personas han terminado golpeadas por las acciones violentas cometidas por los diferentes grupos al margen de la ley.
Víctimas: se le llama a toda persona que haya sufrido daños, individual o colectivamente, incluidas lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdidas económicas o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que constituyan una violación manifiesta de las normas internacionales de derechos humanos o una violación grave del derecho internacional humanitario. Cuando corresponda, y en conformidad con el derecho interno, el término “víctima” también comprenderá a la familia inmediata o las personas a cargo de la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para prestar asistencia a víctimas en peligro o para impedir la victimización (Artículo V.8).
No víctimas:
Para ampliar la información relacionada con este concepto, puedes revisar el siguiente trabajo de grado.
Hechos victimizantes:
Despojo Forzado de Tierras
Vinculación de menores a grupos al margen de la ley
Minas antipersonal, munición sin explotar, artefacto explosivo
Delitos contra la libertad y la integridad sexual
Secuestro, tortura
Acto terrorista, atentados, combates